1.- ¿Qué hago si el Ramo o Unidad no se encuentra en el catálogo?
Deberá comunicarse a la Subdirección de Registro de Cuentas Bancarias (55-36-88-47-04) y solicitar dar de alta el Ramo o la Unidad Responsable. Adicional, deberán enviar correo donde soliciten el alta del Ramo o Unidad adjuntando Decreto, Reglamento o documento jurídico que señale la creación de dicha unidad.
regresar2.- ¿Cómo guardar el formulario F1 una vez requisitado?
Una vez llenado el formato se selecciona la opción "generar archivo de solicitud" lo que permite guardarlo en su equipo de cómputo con extensión rcb. Al imprimir el formulario usted lo puede guardar en extensión pdf.
regresar3.- ¿Qué pongo en el nombre de la sucursal?
Este dato puede ser numérico o textual y puede ser proporcionado por el ejecutivo de cuenta. regresar4.- ¿Qué pongo en el campo de instrumento si mi cuenta es normal de cheques?
Se deberá poner "cuenta de cheques con rendimiento en moneda nacional". regresar5.- ¿Qué pongo en el objeto de la cuenta?
Egreso - Si la cuenta, en caso de ser autorizada, será utilizada para la ejecución del pago con recursos presupuestarios o no presupuestarios.
Fideicomiso - Si la cuenta, en caso de ser autorizada, estará fondeada con recursos de fideicomisos públicos no considerados entidades paraestatales, mandatos o análogos.
Ingreso - Si la cuenta será utilizada para la captación de los recursos contemplados por concepto de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos que deriven de la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) y otros conceptos distintos a la LIF.
Inversión - Si la cuenta, en caso de ser autorizada, será empleada para inversión. Sólo para el caso de Entidades.
Recursos de Terceros - Si la cuenta, en caso de ser autorizada, será utilizada para la recepción de recursos otorgados por terceros para fines específicos de algún proyecto debidamente documentado y sustentado acorde con el objetivo de la Entidad.
Recursos Propios - Si la cuenta, en caso de ser autorizada, será utilizada para la captación y gestión de recursos por prestación de servicios, o que generen las entidades por sí mismas.
Seguridad Nacional - Si los recursos con los que se fondeará la cuenta están relacionados con las acciones destinadas de manera inmediata y directa a mantener la integridad, estabilidad y permanencia del Estado Mexicano. (artículo 3 de la Ley de Seguridad Nacional). regresar6.- ¿Tengo un límite de tiempo para llevar a cabo la apertura de cuentas nuevas?
20
días hábiles contados a partir de la recepción del oficio de autorización que emite la Tesorería.
regresar7.- Una vez abierta la cuenta ¿tengo un límite de tiempo para que la Tesorería proceda a su inscripción en el registro?
Sí, la dependencia o entidad, a través del servidor público facultado de la Oficialía Mayor o equivalente, deberá proporcionar por escrito, la información y documentación correspondiente en un término que no exceda de los diez días hábiles siguientes a su apertura. regresar8.- ¿En qué dirección y horarios se deberá entregar la información?
En las instalaciones de la Tesorería de la Federación, en Av. Constituyentes #1001, Colonia Belén de las Flores, C.P.01110, Alcaldía Álvaro Obregón, en la Dirección General de Operaciones Bancarias, edificio A, P.B., Oficialía de Partes, en un horario de 9:00 am a las 14:30 pm. regresar9.- ¿Cómo entrego la solicitud de una cuenta nueva?
Se deberá entregar el Formato F1 extensión .rcb, ya sea en USB o en CD, e impreso en formato PDF, anexando un oficio impreso dirigido a la Lic. Elsa Angelica Tejeda Reséndiz, Directora General de Operaciones Bancarias, en texto libre, firmado por el Oficial Mayor o el Titular de la Unidad de Administración y Finanzas o equivalente.
Para facilitar la realización de dicho oficio ponemos a disposición un ejemplo en esta misma página ("Ejemplo de Oficio de solicitud de apertura de cuenta"). regresar10.- ¿Qué información debe contener la solicitud de apertura de cuentas nuevas?
Revisar las Especificaciones técnicas y operativas en materia de registro de cuentas bancarias por excepción para el llenado de formato F1 para la solicitud de cuentas nuevas, disponibles para su consulta en el siguiente link:
(https://extranetce.hacienda.gob.mx/sitios/tramitesyservicios_tesofe/SiteCollectionDocuments/ETOS%202019/ETOmateriadelSistemaCUT.pdf).
Con respecto al oficio de solicitud, ponemos a disposición un ejemplo en esta misma página (“Ejemplo de Oficio de solicitud de apertura de cuenta”).
regresar11.- ¿Cuántas cuentas nuevas puedo solicitar a la vez?
Podrá registrar una cuenta por cada solicitud y podrá ingresar el número de solicitudes que necesite.
regresar12.- ¿Qué documentación debo entregar, una vez abierta la cuenta bancaria?
- El formato de Registro de cuentas, F2
- Confirmación de datos (número, denominación, fecha de apertura de la cuenta, CLABE y que señale que es una cuenta bancaria productiva)
- Consentimiento expreso para que la Tesorería tenga acceso a la consulta de movimientos y saldos de las cuentas a través de los medios electrónicos aplicables.
- Contrato Completo (Incluyendo carátula, cláusulas y anexos)
- Tarjeta de firmas o Relación de Firmantes emitida por la institución bancaria.
regresar13.- ¿Qué pasa si no llevo mi documentación de la cuenta nueva en el lapso correspondiente?
Se
dejará sin efecto oficio de autorización de la Tesorería y, por
consecuencia, la dependencia o entidad deberá cancelar la cuenta
correspondiente. regresar
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