Estimados usuarios:
El 16 de diciembre del 2019 se publicó en el DOF la modificación a las Disposiciones Generales en Materia de Funciones de Tesorería (DGMFT) y el pasado 15 de febrero de 2023 se publicó el acuerdo por el que se modifican las DGMFT.
A fin de promover con oportunidad la consulta de su contenido y en su caso advertir las implicaciones que apliquen, se adjunta la liga que las contiene para su pronta referencia.
www.dof.gob.mx 16/12/19
www.dof.gob.mx 15/02/23
Especificaciones técnicas y operativas así como Guía en materia de garantías, a que se refieren las Disposiciones Generales en Materia de Funciones de Tesorería.
Para llevar a cabo sus funciones, la Tesorería de la Federación realiza las siguientes actividades:
- 1. Pagos: La Tesorería es responsable de ejecutar las instrucciones de pago con cargo al Presupuesto de Egresos de la Federación y otros que legalmente le competa realizar al gobierno federal, a fin de que se ejerzan en función de las disponibilidades en el marco de la Cuenta Única de la Tesorería.
- 2. Compensación de adeudos (SICOM): Corresponde a la Tesorería operar el sistema de compensación de créditos y adeudos recíprocos, líquidos y exigibles, entre las Dependencias, las Entidades, y entre estas últimas y las Dependencias, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.
- 3. Operaciones con cargo a los recursos de los REPSS (No opera mecanismo a partir de 2020).
- 4. Reintegros de dependencias y entidades a la Tesorería de la Federación: La Tesorería recibe los reintegros que realizan las dependencias y entidades del Gobierno Federal por sus remanentes presupuestales, tanto del ejercicio fiscal corriente como de años anteriores.
- 5. Recaudación de dependencias y entidades: La Tesorería es la encargada de recibir los recursos que por diversos conceptos percibe el Gobierno Federal. En el caso del pago de contribuciones de personas físicas y morales, éstas deben presentar su declaración y determinar el monto a pagar a través de Sistema de Administración Tributaria (SAT) y, posteriormente, realizar el pago correspondiente a la Tesorería a través de las 23 instituciones bancarias autorizadas.
Por su parte, el pago de contribuciones de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los Poderes Judicial y Legislativo, así como las entidades federativas y municipios, se efectúa a través del Sistema de Pago Electrónico de Contribuciones Federales (PEC) de la Tesorería.
- 6. Depósitos a favor de terceros: Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como las entidades federativas y municipios y aquellos que autorice la SHCP, pueden constituir Depósitos en la Tesorería. Las dependencias y entidades pueden realizar abonos, retiros y consultas de estos depósitos a través de un Sistema informático que genera estados de cuenta electrónicos y reportes de movimientos diarios.
- 7. Constancias de participaciones de las Entidades Federativas: La Tesorería de la Federación realiza la Compensación de Participaciones de las entidades federativas por la Recaudación de Impuestos Coordinados, con las deducciones y retenciones autorizadas por la Unidad de Coordinación de Entidades Federativas, para emitir las Constancias de Participaciones de las entidades federativas en versión digitalizada con firma electrónica y en formato PDF; en las que se muestra el importe bruto de los recursos, las afectaciones correspondientes y el importe neto que resulte a su favor o a cargo.
- 8. Rendición de Cuentas (Auxiliar Órganos Hacendarios de las Entidades Federativas): Recibir e integrar la información de la rendición de cuentas mensual de los Órganos Hacendarios de las Entidades Federativas en su carácter de preliminar y definitiva.
- 9. Autorización y registro de cuentas bancarias: La Tesorería tiene la facultad de autorizar las cuentas bancarias que por excepción pueden abrir las dependencias y entidades para el manejo de los recursos presupuestales, conforme al Marco Normativo aplicable.
- 10. Actos de Vigilancia: Vigilar y comprobar el funcionamiento adecuado de las oficinas que recauden, manejen, ejerzan, administren, inviertan, paguen, reintegren o custodien recursos o valores de la propiedad o al cuidado del Gobierno Federal y el cumplimiento de las obligaciones que a este respecto incumben a los auxiliares de la Tesorería y a los servidores públicos, a efecto de que se ajusten a las disposiciones legales relativas.
- 11. Cálculo de cargas financieras: Herramienta para el cálculo de cargas financieras que podrán utilizar las dependencias, entidades y particulares que deberán cubrirlas.
- 12. Constancia de tenencias accionarias: Expedir los certificados de tenencia, a las dependencias que lo soliciten, en los cuales se hace constar los valores o documentos representativos del capital social que se encuentren en custodia de la Tesorería de la Federación, para acreditar la representación del Gobierno Federal ante los órganos de gobierno, las asambleas de accionistas, de socios, de asociados o su equivalente en las personas morales en las que tenga inversiones financieras.
- 13. Garantías: Hacer efectivas las garantías no fiscales (fianzas, billetes de depósito, cartas de crédito, seguro de caución y otras) otorgadas a favor de la Tesorería de la Federación cuyo beneficiario es el Gobierno Federal que remitan las dependencias, órganos judiciales y jurisdiccionales, y demás auxiliares, con el expediente debidamente integrado.
- 14. Ejercicio de derechos patrimoniales: Ejercer las facultades que impliquen la titularidad de las acciones, partes sociales o documentos que tenga en custodia la Tesorería de la Federación relativos a aumentos o reducción al capital social, recaudación de dividendos, utilidades, intereses, remanentes o cuotas de liquidación, así como la reinversión de las utilidades y, en su caso, el monto que se obtenga por la venta de dichos valores.
La información de la actividad requerida, se encuentra dentro del Sistema de Administración Financiera Federal (SIAFF), en la sección "Ayuda"
La información de la actividad requerida, se encuentra dentro del menú de ayuda del sitio www.cuentadantes.hacienda.gob.mx, en la sección "Ayuda"
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